Descalificación de oferta debe ser razonable, esencial y proporcionada.

 El rechazo o la descalificación de ofertas no puede depender de la libre discrecionalidad de la administración, la causa excluyente debe ser razonable, esencial y proporcionada. -  CONSEJO DE ESTADO  - SECCIÓN TERCERA.   Mayor información

Abastecimiento de AGUA en Cundinamarca...

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