Caducidad para la acción de reparación directa por desaparición forzada

 El término de caducidad para la acción de reparación directa por desaparición forzada, debe contarse a partir de la fecha en que aparezca la víctima o en su defecto desde la ejecutoria del fallo definitivo adoptado en el proceso penal.  -  CONSEJO DE ESTADO  - SECCIÓN TERCERA.   Mayor información


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