La decisión resuelve la tutela presentada por una mujer con corporalidad diversa en razón del peso, quien depende del transporte público colectivo para desplazarse a sus actividades cotidianas.
La Corte justificó la necesidad de adoptar la categoría de “diversidad corporal en razón de peso” o “corporalidades diversas en razón del peso” para referirse a personas con sobrepeso u obesidad.
