La Corte reiteró que el derecho a la salud mental es una garantía irrenunciable.

"Las EPS y entidades de medicina prepagada no pueden imponer barreras en la prestación del servicio de salud frente a enfermedades mentales de niños, niñas y adolescentes": Corte Constitucional

La Corte estudió la tutela en el caso de una adolescente de 15 años con síntomas de ansiedad y depresión que se quitó la vida y a quien se le impusieron barreras administrativas injustificadas para acceder al tratamiento que requería. Además, no se le garantizó la continuidad de la atención intrahospitalaria en la clínica en la que había sido internada.

Abastecimiento de AGUA en Cundinamarca...

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