JURÍDICAS : El reconocimiento de prestaciones sociales del empleado público que ostentó la calidad de trabajador oficial con base en convención colectiva solo opera durante su vigencia.

Empleados públicos que antes ostentaron la condición de trabajadores oficiales, debe respetárseles las garantías y derechos adquiridos mediante acuerdo convencional, siempre que éste se encuentre vigente.
Expedir el Decreto y, autorizar a los gerentes de los hospitales públicos a “reconocer derechos económicos” a favor de sus empleados, reguló aspectos propios del régimen prestacional y salarial de dichos servidores lo que implicó el arrogarse una competencia que constitucionalmente y legalmente está reservada al legislador y al Presidente de la República.
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